Sucesos

Abogado explica por qué choque mortal en Cartago se investiga como homicidio simple

El abogado penalista Rogelio Ramírez explica que, en casos donde hay una muerte, la investigación debe iniciar por homicidio simple y no por legítima defensa

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El abogado penalista Rogelio Ramírez explicó las razones por las cuales el caso del conductor involucrado en un choque en Cartago, que terminó con una persona fallecida, se investiga bajo la figura de homicidio simple, pese a que se ha hablado de la legítima defensa.

El fallecido en este caso es Francisco Granados, de 33 años, mientras que el sospechoso es un joven de apellido Mora, de 23 años.

Según Ramírez, cuando ocurre una muerte provocada por una acción atribuible a otra persona, el proceso debe iniciarse como una investigación por homicidio, ya que es la prueba la que determinará posteriormente si existe una causa de justificación como la legítima defensa.

“El caso se debe iniciar como una investigación por homicidio porque efectivamente murió una persona a causa de una acción atribuible a otra persona. Será la investigación la que determine si la tesis del imputado en cuanto a la legitimidad de su defensa tiene fundamento legal o no”, explicó.

El jurista agregó que las autoridades no pueden partir de la presunción de legítima defensa, sino de la existencia del hecho homicida, para luego analizar si se cumplen los requisitos legales de la eximente.

Ramírez logró demostrar la inocencia de un modelo de apellido Ramos, donde la Fiscalía mantuvo la hipótesis de homicidio hasta la etapa de juicio, pese a que finalmente se comprobó la legítima defensa.

Asesinato de conductor en Cartago
Los hechos quedaron grabados por cámaras de seguridad que hay en la zona. (cortesía/cortesía)

El homicidio simple se da cuando una persona mata a otra sin que existan circunstancias agravantes ni una justificación legal en ese momento, situación que podría ir cambiando con las evidencias y recalificarse en homicidio calificado, homicidio culposo, o legítima defensa.

En Costa Rica el Código Penal establece en el artículo 111 que quien haya dado muerte a una persona, será penado con prisión de doce a dieciocho años.

La ley también es clara en exponer como debe ser aplicado si existió legítima defensa.

El artículo 18 dice que “No comete delito el que obra en defensa de la persona o derechos, propios o ajenos, siempre que concurran las siguientes circunstancias: a) Agresión ilegítima; y b) Necesidad razonable de la defensa empleada para repeler o impedir la agresión”.

Añade: “Se entenderá que concurre esta causal de justificación para aquel que ejecutare actos violentos contra el individuo extraño que, sin derecho alguno y con peligro para los habitantes u ocupantes de la edificación o sus dependencias, se hallare dentro de ellas, cualquiera que sea el daño causado al intruso”.

En cuanto al caso de Cartago, el abogado señaló que la investigación debe ser “sumamente cuidadosa y exhaustiva”, especialmente en el análisis de los videos incorporados al expediente.

“Dispararle a un agresor desarmado o que huye, en principio, no es proporcional ni razonable”, añadió.

Asimismo, enfatizó que la agresión no puede ser provocada por quien luego alega defensa, y que el uso de armas de fuego requiere entrenamiento, madurez y control emocional.

Homicidio Cartag
El hecho se dio este martes en la mañana, luego de un choque. (Cortesía/Cortesía)

Ramírez también indicó que, desde su análisis preliminar, porque podría estar equivocado y eso solo la pericia forense lo determinará, la víctima habría tirado un objeto antes de avanzar hacia el otro conductor, y que para el momento del disparo ya no portaba arma en sus manos, un detalle que será clave en la valoración judicial.

Francisco Javier Granados López, de 33 años, era casado, vivía en Llanos de Santa Lucía en Paraíso de Cartago y el principal sostén económico de su familia compuesta de nueve miembros.
Francisco Javier Granados López, de 33 años, era casado, vivía en Llanos de Santa Lucía en Paraíso de Cartago y el principal sostén económico de su familia compuesta de nueve miembros. (Foto: corte/Foto: cortesía)

El caso se mantiene bajo la vía de flagrancia, aunque no se descarta que alguna de las partes solicite que el proceso se traslade a la vía ordinaria para ampliar la investigación y la evacuación de pruebas, pero será el juez quien determine el curso del proceso.

En una foto se ve a la víctima viendo su carro luego del choque
En una foto se ve a la víctima viendo su carro luego del choque y antes de recibir el disparo. (Cortesía/Cortesía)

“Anoche (martes) se realizó la audiencia de solicitud de medidas cautelares, en la cual, tras la petición del despacho, el Tribunal de Flagrancia le ordenó presentarse a firmar una vez a la semana, no portar armas de fuego y mantener domicilio fijo”, informó el Ministerio Público tras la consulta de La Teja.

Rogelio Ramírez abogado penalista

La audiencia de continuación fue programada para el 1 de junio.

Granados murió al recibir una herida de bala en una pierna. Un video y la versión de testigos es clave para determinar el futuro del caso.

En una grabación se observa cuando Francisco se baja del carro con un mango de pala y se va hacia el otro conductor de apellido Mora.

El otro conductor al verlo saca su arma, retrocede y le dispara en una pierna lo que le ocasionó la muerte.

Silvia Coto

Silvia Coto

Periodista de sucesos y judiciales. Bachiller en Ciencias de la Comunicación Colectiva con énfasis en Periodismo. Labora en Grupo Nación desde el 2010.

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