Limpiar la casa, cocinar, lavar el servicio, planchar la ropa, cambiar los pañales de los hijos y demás actividades domésticas, tendrán que ser compartidas por las parejas.
Aunque actualmente esto se cumple en algunas relaciones, ahora pasará a ser una obligación para evitar que el aporte económico y la tareas del hogar se recarguen solo en una persona.
Este martes se convirtió en ley un proyecto para reformar el artículo 35 del Código de Familia. La propuesta fue impulsada por la diputada María Vita Monge del Partido Unidad Social Cristiana.
Anteriormente ese artículo establecía que el hombre era el principal obligado a correr con los gastos de la familia y que la mujer podía ayudarle, siempre y cuando contara con recursos propios.
La modificación, que será válida cuando la ley se publique en el diario oficial La Gaceta (no se sabe cuándo, pero será este mes), lo que indica es que la responsabilidad será por igual para ambos, eso sí, hay dos maneras diferentes en las que será aplicada.
La primera es cuando las dos personas trabajan. Según el nuevo artículo, en ese caso tendrán que partir el ayote por la mitad, es decir, deben hacerse responsables con los gastos de la familia y compartir el trabajo doméstico.
Para este tipo de casos, el aporte económico será proporcional al salario que cada uno gana. Para que le quede más claro, si la mujer recibe ¢500 mil por mes y el hombre ¢400 mil, lo que se espera es que sea ella quien aporte un poco más.
Sin embargo, en las labores del hogar, el trabajo tendrá que ser repartido por igual aunque ella aporte más.
Por ejemplo, si la mujer lava la ropa, cocina y plancha, el hombre tendrá que limpiar el servicio, el piso y arreglar las goteras, por ejemplo.
La otra manera en la que se aplicará esta normativa es cuando alguno trabaja y el otro se queda en la casa.
En este caso, quien salga a buscar el sustento, será el encargado de cubrir los gastos, mientras que su pareja tendrá que velar por las labores de la casa.
Vamos con otro ejemplo, si el hombre es quien se parte lomo en el brete, él tendrá que pagar los recibos, comprar la comida y cancelar otros gastos, mientras que la mujer se hará cargo del oficio, los hijos (si es que los tienen) y otras actividades relacionadas con el hogar, ese trabajo será tomado como su aporte económico.
La diputada Monge explicó a La Teja que esta ley no contempla la firma de un contrato entre la pareja ni una fórmula matemática para distribuir el dinero, sino que más bien, es un compromiso que ambos deben cumplir.
“El matrimonio por sí solo establece una serie de obligaciones, cuando uno casa a una pareja les dice que ellos tienen responsabilidades como compartir los gastos y los trabajos de la casa, si ellos aceptan casarse es porque también están aceptando esas obligaciones, cuando se da una unión de hecho también ocurre lo mismo", detalló la diputada, quien además es notaria.
¿Qué pasa si alguno incumple?
Para la legisladora esta nueva ley no pretende tapar el sol con un dedo, pues ella misma sabe que este tipo de cambios, en una sociedad que aún es machista, no se dan de un día para otro.
Por eso, su propuesta definió que quien se sienta afectado por el incumplimiento de las obligaciones del otro podrá acudir a un Juzgado de Familia o de Pensiones.
Esto quiere decir que si el hombre o la mujer no se hace cargo de los gastos de sus hijos, la pareja podrá solicitar ante un juez una pensión alimentaria, tal como se ha hecho en años anteriores y en caso de no cancelar el monto, podría terminar en prisión.
Lo mismo ocurre si uno de los dos no cumple en la casa, la pareja puede ir al Juzgado de Familia a presentar la queja, pues eso, según Monge, podría representar una forma de incumplimiento a la nueva ley.
Para demostrarlo tiene que llevar pruebas como videos o fotos o presentar testigos.
En este caso el juez le solicitará el cumplimiento de sus responsabilidades al vagazo, si no lo hace se expondría a una sanción económica que él definirá.
De acuerdo con el abogado de familia Belisario Solano, el incumplimiento de esos deberes inclinarían la balanza a favor de la parte afectada en caso de solicitar la potestad de sus hijos (si es que los tienen) en un proceso de divorcio.
Así que ya lo sabe, si usted cree que no podrá cumplir, haga lo que predica el viejo y conocido refrán “ni te cases, ni te embarques”.