El Fondo de Capitalización Laboral (FCL) es un ahorro de los trabajadores, aportado por los patronos, que es parte de la cesantía y es administrado por las operadoras de pensiones complementarias (OPC).
Para retirar este ahorro se debe cumplir alguna de las siguientes condiciones:
- Terminar la relación laboral, ya sea por renuncia, despido, pensión o jubilación.
- Laborar ininterrumpidamente con el mismo patrono durante cinco años (es decir, puede retirarlo cada vez que se cumpla cinco años de labores continuas).
- Por la reducción de la jornada laboral o por suspensión del contrato laboral.
- Si el afiliado a la OPC fallece, los beneficiarios pueden obtener el dinero.
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¿Cómo se pide?
Para retirar el FCL (por renuncia o despido, quinquenio, pensión o jubilación) debe comunicarse con su operadora de pensiones para ponerse de acuerdo. Le van a pedir un documento de identificación vigente y en buen estado; indicar su número de seguro social (si es extranjero); y el comprobante de su número de cuenta cliente o IBAN en colones.
Además, tiene que presentar documentos, según la razón del retiro:
- Por renuncia o despido: Documento emitido por el patrono donde indique la fecha en la que dejó de trabajar y debe estar sellado, firmado y con membrete. Si usted renunció, puede presentar la carta de renuncia mientras se encuentre sellada y firmada por algún representante de la empresa.
- Por quinquenio: Documento emitido por el patrono donde indique la fecha de ingreso a la compañía.
- Por pensión o jubilación: Certificado de pensión del Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte (IVM) o del Régimen Básico al que pertenece. Además, en caso de que tenga aportes recientes con alguna empresa, es necesario presentar una carta del patrono que indique que se terminó la relación laboral.
Normalmente el trámite del depósito de la plata tarda pocos días.