A Rodrigo Chaves y el resto del gobierno les jalaron el aire por la polémica decisión que tomaron al derogar la declaratoria de interés cultural para la Marcha del Orgullo y la Diversidad del 2024.
Para refrescarles la memoria, en junio de ese año, el presidente Chaves tomó esta decisión porque, según él, el viceministro de la Presidencia, Jorge Rodríguez y la exministra de Cultura, Nayuribe Guadamuz, tramitaron esta declaratoria sin su autorización ni conocimiento.
Además de eliminar la declaratoria, Chaves destituyó a Guadamuz de su puesto.
Tras darse a conocer la noticia, se presentó un recurso de amparo contra el mandatario y, en las últimas horas, la Sala Constitucional, mejor conocida como Sala IV, dio a conocer su decisión final sobre este caso.
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Sin sustento
En la sentencia, de la cual este medio tiene copia, la Sala determinó que el gobierno actuó de forma “abrupta”, “arbitraria” y “sin fundamento técnico ni legal”, a la hora de tomar esa decisión.
A ojos de los magistrados, el presidente Chaves tomó una decisión que afectó directamente a la población LGBTIQ+, una minoría que, históricamente, ha sido discriminada.
“Resulta claro que, haciendo uso de su posición de poder (...) se incurrió en un acto no solo arbitrario, sino absolutamente intempestivo y carente de todo fundamento, lesionando con ello, de forma flagrante, los derechos fundamentales de la población minoritaria LGTBIQ”, señala la sentencia.
Además, dejaron claro que en ningún momento podía alegar que no estaban al tanto de la actividad, ya que días antes del evento, la marcha quedó avalada en una reunión que se llevó a cabo en Casa Presidencial y, en la cual participar funcionarios de Presidencia.
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Además de que se tenían permisos aprobados por la Municipalidad de San José y el Ministerio de Salud.
Discriminación
Por si fuera poco, la Sala IV argumentó que el presidente Chaves incurrió en un acto discriminatorio, que van contra los principios que Costa Rica se comprometió a respetar, a la hora de firmar la Convención Americana de los Derechos Humanos.
En pocas palabras, se deja claro que ninguna norma, decisión o práctica emitida por las autoridades, puede reducir derechos por razones de orientación sexual.
Esta sentencia lleva las firmas de los magistrados Fernando Castillo, Ingrid Hess, Jorge Araya, Anamari Garro, Fernando Cruz, Aracelly Pacheco y Luis Salazar.
Al final del documento, los magistrados expusieron qué los llevó a tomar esta decisión y, uno de los fundamentos que se repitió en diversos momentos es que, la política se tiene que reinvindicar con la población LGBTIQ que “toda la historia de la humanidad ha sufrido una injustificada persecución y discriminación”.
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Ahora, ¿cuáles son las consecuencias para el gobierno? Según el por tanto, el Estado ahora está condenado a pagar todas las costas, daños y perjuicios de este proceso.
En La Teja nos pusimos en contacto con la persona que presentó el recurso de amparo, un hombre de apellido Delgado, pero prefirió no darnos la suma de cuánto se va a cobrar.