Los magistrados de la Sala Cuarta resolvieron un recurso presentado contra la obligatoriedad de la vacuna anticovid para los breteadores públicos y privados y reiteraron que esta sí tiene esa condición, según la legislación nacional.
La respuesta textual fue: “Ante el cuestionamiento de la obligación de la vacuna contra el covid-19, se reitera que son obligatorias las vacunaciones contra enfermedades, cuando así lo estime la Comisión Nacional de Vacunación y Epidemiología, por ser una medida preventiva para evitar la propagación de una enfermedad transmisible, como en este caso”.
Al explicar las razones de su decisión, los magistrados indican que quien puso el recurso, lo formula sin concretar hechos específicos que afecten de manera concreta, directa o individualizada, sus derechos fundamentales, pues su reclamo atañe a eventuales sanciones que podrían enfrentar aquellos servidores públicos que se nieguen a vacunarse.
“La acción no cumple con los requisitos formales de admisibilidad ni con la debida argumentación requerida para este proceso; por lo que se rechaza de plano”, dijo Alonso Mata, vocero del Tribunal.
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