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¿Usa Airbnb? Ponga atención porque sufrió un tremendo cambio

La lista de Servicios Digitales Transfronterizos se actualizará a partir del 1 de noviembre

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El Ministerio de Hacienda confirmó este 24 de octubre que la plataforma digital de alquiler de cuartos y casas, Airbnb, comenzó a pagar impuestos a partir del pasado 1 de octubre.

“Como parte de las acciones para mejorar la recaudación de impuestos, la Dirección General de Tributación actualizará a partir del 1 de noviembre la lista de servicios digitales transfronterizos sobre los que se debe aplicar la tarifa de 13% del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Desde el primero de octubre anterior ya Airbnb paga el 13% del IVA. (LIONEL BONAVENTURE/AFP)

“Los servicios digitales transfronterizos son aquellos que brindan un proveedor que no tiene oficinas en Costa Rica por medio de internet o cualquier otra plataforma digital y que son consumidos desde el territorio costarricense.

“El impuesto del 13% de IVA a estos servicios inició el 1 de octubre de 2020 y se aplica a la adquisición de servicios digitales transfronterizos que realicen los consumidores finales o contribuyentes del IVA, a un proveedor domiciliado fuera de Costa Rica, con el fin de ser utilizados o consumidos en el país”, explica Hacienda.

Los nuevos servicios incluidos en la lista tienen que ver con el alquiler de cuartos y casas completas para vacacionar o, muy de moda por estos días, hacer teletrabajo (nómadas digitales): Airbnb, Vrbo y Homeaway.

“Estos nuevos servicios se suman a la lista hecha para que las entidades bancarias costarricenses realicen el cobro del 13% de IVA sobre servicios digitales transfronterizos, en cumplimiento con la legislación aplicable. Con esta actualización del listado, el país llega a un total de 136 negocios de este tipo que ya pagan el 13% de IVA, con lo cual se estará fortaleciendo el potencial recaudatorio del IVA”, agrega Hacienda.

Lista de Servicios Digitales Transfronterizos que pagan IVA, actualizada al 1 de noviembre del 2022
Esta es la lista oficial con los 136 negocios que ya pagan IVA. (Captura de )

De acuerdo con el artículo 17 de la resolución DGT-R-013-2020, la Administración Tributaria puede meter o sacar proveedores o intermediarios con solo publicar la lista actualizada en la página web www.hacienda.go.cr, indicando su fecha de vigencia, con al menos tres días hábiles antes y sin necesidad de hacer una nueva resolución.

La lista actualizada se encuentra publicada en la página web del ministerio de Hacienda (www.hacienda.go.cr) en el apartado Información Tributaria, sección “Listados de Interés”.

Eduardo Vega

Eduardo Vega

Periodista desde 1994. Bachiller en Análisis de Sistemas de la Universidad Federada y egresado del posgrado en Comunicación de la UCR. Periodista del Año de La Teja en el 2017. Cubrió la Copa del Mundo Sub-20 de la FIFA en el 2001 en Argentina; la Copa del Mundo Mayor de la FIFA del 2010 en Sudáfrica; Copa de Oro en el 2007.

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