Ya huele a Semana Santa. Muchas personas están deseando que lleguen esos días para reflexionar y disfrutar las actividades propias de la iglesia Católica y otras están deseando descansar o hasta ir a darse una escapadita para recargar baterías.
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El Jueves y Viernes Santos serán el 28 y 29 de marzo y el domingo de pascua será el domingo 31 de ese mismo mes.
Ahora bien, si usted es de las personas que le gusta trabajar los feriados para ganar platica extra, le tenemos buenas noticias: los dos feriados son de pago obligatorio.
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El Ministerio de Trabajo establece que, en los feriados de pago obligatorio, las empresas cuya modalidad de pago es mensual, quincenal o semanal en actividad comercial, reconocen el salario de todos los días del mes, aunque sean descansos semanales o feriados. En estos casos, deben cancelar el salario completo de la semana, quincena o del mes, incluyendo el feriado. Si trabajan ese día, deben agregar el salario de un día sencillo para cumplir con el pago doble que establece la ley.
Si la persona trabaja horas extra en un día feriado de pago obligatorio, entonces estas deberán remunerarse con ‘pago triple’.