El adoptar a un menor sin respetar el procedimiento del Patronato Nacional de la Infancia (PANI) y del Juzgado de Familia y valiéndose de un pago de por medio, expone a cualquier persona a una sentencia de hasta 16 años de cárcel.
Rodrigo Picado, jefe de la Sección Especializada Contra La Violencia de Género, Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes explicó que esta es la unidad que investiga estos casos y afirmó que en la actualidad mantienen investigaciones abiertas por este delito, pero que no pueden dar detalles por estar en proceso.
Picado explicó que en Costa Rica existe la adopción directa que consiste en que los padres biológicos (siendo adultos) deciden a cuál persona le entregan un hijo, pero intervienen el PANI y el Juzgado de Familia.
Sin embargo, se han dado casos de personas o parejas que no pueden tener hijos que contactan por redes sociales o cara a cara a mujeres vulnerables (pobreza, desempleo) para pedir que les den a los hijos en adopción y a cambio les dan dinero, que van desde miles hasta millones de colones; también hay casos en los que pagan todo el control prenatal.
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Este delito es investigado mediante el artículo 172 del Código Penal en la que los sospechosos de la adopción se exponen de 6 a 10 años; no obstante, hay agravantes, por ejemplo, si la mamá que da en adopción es una menor de edad, la pena va desde los 8 a los 16 años de prisión.
En Costa Rica no son muchos los casos que ocurren de adopciones ilegales, en 13 años justamente 13 casos se han investigado.