Cuando hablamos de hurto simple, el hurto agravado, el robo simple o el robo agravado, hay que tomar en cuenta varias vertientes.
Número uno, cuando es un hurto es cuando la persona se descuida y el posible infractor de la ley los despoja de sus bienes que no superen los cinco salarios base. La pena de prisión por hurto puede ir de uno a tres años, aunque esa pena podría aumentar de acuerdo al monto de lo defraudado.
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Con relación al hurto de uso es cuando una persona toma un bien que no le pertenece, lo utiliza y provoca una afectación a ese patrimonio. También existe el hurto por necesidad, donde la persona roba objetos de un lugar, por ejemplo en supermercados, pulperías, para solventar sus necesidades básicas.
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Con relación al robo simple o robo agravado, debemos de tomar en cuenta que si hay violencia sobre las cosas o las personas, la pena podría ir de cinco a quince años de prisión. Recordemos que el robo agravado es cuando el sujeto que comete la infracción de la ley, utiliza un arma de fuego, algún arma punzocortante o se vale del infortunio de la víctima, por ejemplo, en un accidente de tránsito el sujeto les sustrae las pertenencias a los ofendidos. En este caso el juez debe valorar si le pone una pena de cinco años o quince años.
La diferencia esencial es que el hurto es por descuido y el robo es cuando hay violencia sobre las cosas o las personas. También se debe tomar en cuenta que el juez debe hacer una ponderación de lo sustraído y cómo ocurrió esa dinámica de esa acción delictiva para determinar cuál pena debería aplicar, si es para hurto o para robo y sus consecuentes agravantes.
Licenciada Joseph Rivera, teléfono: 8998-0112.