¿Sabía usted que en enero del 2025 se aprobó un proyecto de ley que introduce al sistema judicial la ley contra la violencia vicaria, pero el cual se le agrega a la Ley Contra la Violencia Doméstica en el inciso g?
Básicamente es utilizar a terceras personas para hacerle daño a otra persona que es el objetivo.
La ley define la violencia vicaria de esta forma: acción u omisión cometida por parte de quien mantenga o mantuvo una relación de matrimonio, de unión de hecho o relación sentimental con la mujer, actuando por sí o por interpósita persona, cuyo objetivo sea causar un daño emocional, psicológico o patrimonial a la mujer, a través de la afectación o daño físico, psicológico, emocional o patrimonial a un descendiente, ascendiente, pariente colateral consanguíneo, por afinidad o adopción hasta el tercer grado inclusive, dependiente económico, animal de compañía o bienes muebles o inmuebles de la víctima.
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Las principales sanciones que contempla son: homicidio de un ser querido: pena de hasta 35 años de cárcel; maltrato físico, sicológico o emocional a familiares, de 3 a 5 años de prisión y muerte de una mascota, de 2 a 3 años de cárcel. Es un tema bastante amplio e interesante donde se introduce todo nuestro núcleo familiar, así que ya no solo existe la violencia física, la violencia sicológica y la violencia patrimonial, sino que se le agrega una más como la violencia vicaria.
Es muy importante que usted busque información al respecto o se asesore con un abogado. Usted o cualquier miembro de su familia podría estar siendo víctima de violencia vicaria y aún no lo sabe.